(2003)
Rafael Rey Rey
Me alegra dejar constancia que el proyecto de ley general de educación que entrará a debate en el pleno del Congreso, con dictamen favorable de mayoría en la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología, merece convertirse en ley de la República. Es, en realidad, la acumulación de unos quince proyectos presentados sobre la materia, que han inspirado al texto que por fin llegará al debate parlamentario, para su aprobación y puesta en vigencia.
El proyecto no trae innovaciones revolucionarias ni plantea el cambio por el cambio, sino que ordena los conceptos modernos del campo de la educación, como la promoción del aprendizaje mediante una propuesta de calidad, flexible según las condiciones de cada ámbito de la tarea formativa, de tal manera que deja un campo suficiente para la creatividad pedagógica, siempre que la letra de la ley se convierta en su día en una práctica bien entendida y bien interpretada por las instituciones educativas y por los entes rectores y administrativos del gobierno central y de las regiones del país.
Bien sabemos que no son las leyes quienes hacen la calidad de la enseñanza, sino la preparación e idoneidad del profesorado y la madurez y estabilidad de las instituciones pedagógicas, tan venidos a menos unos y otras en las últimas décadas, a causa de la carencia ininterrumpida de suficientes presupuestos públicos para la educación estatal, que atiende a la inmensa mayoría de escolares, estudiantes y universitarios.
La apertura del espíritu del proyecto que comentamos tiene en sí mismo el impulso conveniente para mirar, como en todas las áreas de la actividad productiva y de servicios de la sociedad, al desarrollo del sector privado. Solamente con una gran presencia de la educación privada en el Perú, el Estado se podría disponer a mejorar los medios de que dispone para mejorar las remuneraciones de los maestros y las partidas de mantenimiento e inversión de las escuelas, instituciones e instituciones públicas.
Sin embargo, el proyecto habla también de un Proyecto Educativo Nacional, lo que no deja de rememorar el propósito planificador de quienes pretenden uniformizar las mentes de los educandos, dejando poco espacio para el ejercicio de la libertad de enseñanza, que patrocina la Constitución. Hemos visto, en el caso paralelo de Salud, que el Consejo Nacional de Salud, que ha trabajado meses y meses en definir un perfil de la tarea de salud, para beneficio del habitante del Perú, no ha conseguido penetrar en el interés de la opinión pública, que prefiere interesarse pragmáticamente por los planes y programas del Ministerio de Salud, ente ejecutor del gobierno central, que es a la postre el que tiene la sartén por el mango y decide el destino de los fondos públicos en el presupuesto del sector (en el caso actual, para beneplácito de los peruanos, por la buena gestión).
El proyecto introduce la creación del Fondo Rotatorio para el Desarrollo de la Educación, destinado a cubrir el financiamiento de proyectos de inversión y de desarrollo educativo; y del Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación de la calidad educativa. Estos dos organismos públicos descentralizados del Sector Salud, de crearse como plantea la ley, solamente tienen sentido en un contexto de suficientes fuentes de financiamiento reales al alcance de la educación peruana y de instrumentos de mejoramiento de los servicios didácticos del magisterio público, en un proceso de trasferencia a las regiones, como el que se anuncia. Pero si se plantea solamente como entidades públicas para cubrir la demanda de puestos bien remunerados de afiliados al partido del gobierno, entonces, damos desde ya la voz de alarma, para evitar después, denuncias, escándalos, lamentos y rectificaciones tardías.