(2014)
Rafael Rey Rey
Ex Ministro de Defensa
Diego García Sayán (DGS) fue ministro de justicia de Toledo. Como tal, flexibilizó la legislación y rebajó las condiciones carcelarias para terroristas, conmutó penas y promovió el indulto a muchos de ellos, fue pieza principal para la persecución a nuestros militares y allanó al Perú al pago de indemnizaciones a terroristas. Ahora es juez de la Corte IDH pero quiere ser Secretario General de la OEA.
Para no arriesgarse, a perder soga y cabra, solicitó al presidente de la Corte IDH que lo excusara de sus obligaciones contenciosas mientras es candidato a la OEA. No pidió licencia. Pidió solo que lo excusen de estudiar y votar los casos ante la Corte. Quiere conservar el cargo, disfrutar de las facilidades beneficios y prerrogativas de juez de la Corte IDH y simultáneamente ser candidato.
El Presidente de la Corte, juez Sierra Porto, le concedió la excusa sin consultar al pleno de la Corte. Los jueces Ventura Robles y Vio Grossi han reclamado al Presidente por haber accedido a lo que pedía DGS sin consultar con los demás jueces y sin tener competencia para hacerlo. Y han publicado una Constancia de Disentimiento que concluye afirmando que la solicitud de DGS es improcedente por las siguientes razones:
- Porque las “excusas” sólo son pertinentes para “determinado asunto o caso”, no por período de tiempo, mucho menos indefinido como solicita DGS y menos todavía debido a una circunstancia totalmente ajena a la Corte.
- Porque DGS pretende seguir cobrando y conservando prerrogativas, inmunidades, privilegios y usando oficinas, recursos e infraestructura de la Corte pero sin las obligaciones propias de un juez de la Corte IDH.
- Porque lo que corresponde es la renuncia de DGS a su condición de Juez si desea ser candidato a la OEA pues las normas aplicables establecen textualmente “la incompatibilidad del cargo de juez de la Corte con otras actividades que puedan afectar su independencia o imparcialidad o que le impidan cumplir con todas sus obligaciones”.
- Porque, además, el propio García Sayán en el escrito con el que pide que se le “excuse” de sus obligaciones de juez dice que lo hace “para que no se genere la percepción de que las decisiones de la Corte o mis votos pudieran estar influidos por factores ajenos” (sic). Es decir, él mismo reconoce que su postulación puede generar “percepciones” de incompatibilidades.
- Porque existe total incompatibilidad entre el cargo de juez de la Corte que detenta García Sayán y su candidatura a la Secretaría General de la OEA.
- Porque incluso si García Sayán obtuviera una indebida licencia por parte de la Corte, su candidatura a la OEA no generaría ningún beneficio para la Corte sino que por el contrario le provocaría graves perjuicios con la percepción de que sería lícito que, motivos ajenos a la Corte, se autorice a un juez para que suspenda temporalmente su obligación de ejercer debidamente su cargo para privilegiar otras actividades o intereses suyos y posteriormente reintegrarse, lo que generaría una percepción de inestabilidad o fragilidad institucional de la Corte y aun de inseguridad jurídica respecto de sus fallos.
Así las cosas, además de ofensiva para muchos peruanos, su candidatura a la OEA resulta ser inconveniente, ilegal y abusiva para la propia Corte IDH y vergonzosa para el Perú.